Llamado a la Unidad para la defensa del Derecho Fundamental a la Consulta Previa, Libre e Informada

por comunicaONIC

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Comunicado público

Colombia. Febrero 22 de 2021. La Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC, Autoridad Nacional de Gobierno Indígena, hace un llamado a la unidad del movimiento indígena como principio fundante y mecanismo esencial de lucha contra las agresiones que el Gobierno Nacional está realizando en contra el Derecho Fundamental a la Consulta Previa Libre e Informada.

Desde su reconocimiento, a través del Convenio 169 de la OIT de 1989 -ratificado por la Ley 21 de 1991- del Derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada, como derecho fundamental, este se ha constituido como una herramienta de defensa de las comunidades y pueblos indígenas contra el despojo y destrucción ambiental, social y cultural de los territorios agenciada por las empresas extractivistas; es por ello que desde otrora estas han ejercido presiones al gobierno conducentes a anular o recortar este derecho en la práctica. 

A esto obedece la política de reglamentación del mismo, que el gobierno viene realizando desde el Decreto 1320 de 1989, a través de directivas como la 01 de 2010, 10 de 2013 o 08 de 2020 o Decretos como el 2613 de 2013 y a ello responden también en parte las sentencias de la Corte Constitucional que tampoco ha logrado comprender la dimensión de la existencia de un estado plurinacional, en donde los criterios ambientales, sociales y espirituales   y la idea de desarrollo de una sociedad llamada mayoritaria no deberían de imponerse al resto de pueblos indígenas y que mediante sentencias como la SU-039 de 1997, la SU-383 de 2003 o la más reciente SU-123 de 2018, niegan a los pueblos indígenas derechos que no se le niegan a la sociedad llamada occidental como el derecho de veto a la explotación de recursos no renovables en sus territorios a la vez que supeditan la autonomía de los pueblos a las necesidades del Capital de la sociedad mayoritaria.

Así mismo, el Decreto 2613 de 2013, que creó el Protocolo de coordinación interinstitucional para la consulta previa (compilado por el Decreto 1066 de 2015), y en cuya propuesta de modificación, el gobierno insiste en mantener la centralidad de los procesos de consulta previa, en instancias no consultadas con nuestros pueblos, como la Dirección de la Autoridad Nacional de Consulta Previa del Ministerio del Interior, mientras intenta reglamentar por esta vía, los criterios y requisitos para los procesos de certificación de presencia de grupos étnicos, y de admisibilidad de las solicitudes de consulta, basándose además en normas inconsultas, como el Decreto 2353 de 2019 y la Directiva Presidencial 08 de 2020.

La Comisión Política de la ONIC, el pasado 2 y 3 de febrero, orientó incorporar en la agenda de defensa de este Derecho y de manera alterna a la consulta de dicha norma, la movilización permanente por su defensa, el litigio estratégico para denunciar los inconstitucionalidad de las iniciativas para su reglamentación inconsulta, el trabajo espiritual y la presentación de una contrapropuesta de coordinación interinstitucional, interétnica y territorial, que recoja la autoridad de todos nuestros pueblos, en las instancias públicas nacionales y locales, que direccionan política y administrativamente los procesos de consulta, mientras avanzamos con la construcción de un Protocolo Propio de Consulta Previa, que reafirme los principios para su garantía dentro de nuestros territorios, Ley de Origen, realidades, y necesidades.

El llamado en este caso de la ONIC al Movimiento Indígena colombiano, es seguir discutiendo con todo el Movimiento indígena cuál es la mejor estrategia para la defensa del derecho a la Consulta previa, libre e informada, cumplir con las orientaciones de nuestra Comisión Política, pero es un llamado también a la unidad y el respeto para las organizaciones que en su afán de defensa del Derecho de consulta están analizando como más pertinentes unas acciones que otras y es un llamado a la coordinación y para que si hay organizaciones que consideran otras alternativas para la defensa de dicho derecho como más apropiados o adaptadas a la realidad social y cultural de sus comunidades, las puedan realizar desde el marco del respeto a otras organizaciones, pueblos e instancias de decisión nacional.

La Organización Nacional Indígena de Colombia - ONIC, en calidad de autoridad política representativa de distintos pueblos indígenas del territorio colombiano, de los pueblos nómadas, seminómadas o sedentarios; de los pueblos de las sierras, de los desiertos y de las selvas, hace un llamado a la unidad del movimiento indígena como forma fundamental de lucha contra las agresiones que el gobierno Nacional está realizando contra el Derecho fundamental a la Consulta Previa libre e informada.

Llamamos al Movimiento Indígena colombiano a cerrar filas de las guardias, el trabajo cultural en los territorios, la protección espiritual de nuestras autoridades espirituales para desarrollar la gran estrategia nacional para la defensa de los territorios, la identidad, la pervivencia, las autonomías que protege la Consulta previa y el consentimiento previo, libre e informado. Desde la defensa de la institucionalidad indígena, las acciones jurídicas, la incidencia política y claro, la movilización constante.

Por ello solicitamos respeto por las decisiones de la Comisión Política de la ONIC, a nuestro proceso de lucha para la defensa del Derecho fundamental a la Consulta, así como hacemos un llamado a todo el movimiento indígena a unirse en torno a la Movilización y una gran Minga nacional para la defensa del derecho a la Consulta Previa libre e informada, hacemos también un llamado a nuestros mayores para que aúnen esfuerzos para la defensa espiritual de nuestros derechos, y por ultimo hacemos un llamado a todas las organizaciones indígenas, para coordinar nuestras acciones jurídicas y para seguir analizando los mejores caminos en defensa de los derechos y la pervivencia de los Pueblos Indígenas. 

  • CONSEJO MAYOR DE GOBIERNO
  • ORGANIZACIÓN NACIONAL INDÍGENA DE COLOMBIA (ONIC) – AUTORIDAD NACIONAL DE GOBIERNO INDÍGENA