Un Cumpleaños, Sin Pastel, Sin Velas, Sin Agua, Sin Comida Y Sin Acuerdos. Tres Años Después De La Sentencia T - 302 De 2017 Continúa El Estado De Cosas Inconstitucional En La Guajira Colombiana.

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Por Veeduría ciudadana Sentencia T- 302 del 2017

Un aniversario es motivo de celebración , pero en el caso de la Sentencia T- 302 del 2017 para La Guajira, la celebración ha tenido que ser aplazada indefinidamente, porque hasta el día de hoy, no hay ningún motivo para celebrar.

Esta sentencia que vió la luz el 8 de Mayo del 2017 y nació como el camino a la solución de los problemas de agua, alimentación, salud y participación genuina para población wayuu en la Guajira, sigue como el primer día, en pañales.

Marta Epinayú, una de las lideresas indígenas que recorre la región, afirma "la población wayuu, vió cómo la Sentencia les daba la oportunidad de reunirse por fin con los sectores del gobierno y así construir juntos la manera como las comunidades wayuu quierían ser tenidas en cuenta o incluidas en los planes de desarrollo" sin embargo, las mesas de diálogo que fueron instauradas apresuradamente a finales del 2019 no representaron un trabajo efectivo, pues los emisarios enviados por parte del gobierno para adelantar los diálogos, no tenían poder de acción, ejecución y cambio sobre las peticiones que les hacía la comunidad. Aunque la Sentencia es clara en decir que los planes se deben construir con participación activa de las autoridades y organizaciones wayuu y que dicha participación debe orientarse a la autodeterminación de éste pueblo y que no puede ser reducida a mesa socialización o consulta, no se ha concretado dicha participación después de tres años.

"Sentimos que la instauración de las mesas de diálogo fue una obligación que tuvo que cumplir el Gobierno frente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos" - afirma la líder, ya que desde el 2015 la Corte le había ordenado al Gobierno Colombiano instaurar una serie de acciones para preservar la vida de los niños y niñas wayuu que pertenecían a los territorios de Manaure, Uribia, Maicao y Riohacha y hasta el momento no se había articulado ningún plan de acción efectivo.

En su discurso durante la audiencia convocada por el tribunal de Riohacha, el 6 de Marzo de 2020, el Procurador Regional de la Guajira Alfredo José Moisés al respecto se pronunció: "..no podemos erradicar el estado de cosas inconstitucional si no se tienen en cuenta a la comunidad en un diálogo realmente genuino, un diálogo sincero, un diálogo donde se tenga en cuenta a todas las comunidades, no un diálogo maratónico…"

Tres años después de la publicación de la sentencia, La Guajira aún no cuenta con un plan de acción articulado como resultado del trabajo conjunto donde todos los accionados por la sentencia (Presidencia- Ministerios, Gobernaciones y Alcaldías) cumplan con las responsabilidades específicas asignadas y si lo hicieran, no disponen de un sistema de información real sobre el número y ubicación de las  comunidades, pues hay inconsistencias en los datos del Dane, el servicio de salud y las entidades territoriales. En estas condiciones ¿cómo se puede hacer un plan integral, articulado e inteligente que permita establecer presupuestos y resultados? ¿cómo se pueden definir criterios de priorización gradualidad y universalidad de los derechos fundamentales de los niños y sus comunidades?.

Tres años después se está lejos de garantizar asistencia alimentaria, programas de soberanía alimentaria y solución de agua potable que les permitan a los wayuu superar la dependencia y esto se ha visto reflejado durante confinamiento de la población en el estado de emergencia.

“El problema de agua y alimentos dentro de las rancherías se ha hecho más visible con la imposibilidad que tenemos los indígenas de salir a comercializar las mochilas que nos dan el sustento diario, por eso, hoy cuando llegan las ayudas humanitarias (1 caja por familia) no es suficiente para calmar el hambre de las familias , ya que con el mercado suministrado sólo alcanza a comer una familia de 4 integrantes durante 3 días y hoy ya completamos más de 40 días de encierro y no hemos recibido nada más, es muy triste ver a los niños llorando por hambre, nos dice Sonia Iguaran lider de la región."

Tres años después y el Tribunal de Riohacha, encargado de hacer control al cumplimiento de la Sentencia no ha aperturado incidentes de desacato, ni declarado el incumplimiento de la misma y seguramente está lejos de hacerlo luego de superada la pandemia por las múltiples razones que seguramente presentará el gobierno al superar esta emergencia de salud.

Tres años después y a pesar de los informes y alarmas presentadas por la Procuraduría General de la Nación y la Defensoría del pueblo, el estado de cosas inconstitucional continúa y no se han abierto procesos disciplinarios ni se han puesto en marcha estrategias más vinculantes por parte de las entidades de control.

Hoy las cifras del Instituto Nacional de Salud, ya han reportado 18 muertes de niños por enfermedades relacionadas con desnutrición y se estima que el subregistro de muertes pueden aumentar las cifras. Aunado a lo anterior, los habitantes de la región creen que la verdaderas estadísticas de muerte de niños se disparará durante los meses posteriores a la cuarentena cuando se refleje el estado de salud de los menores y de la población confinada.

Aún el inicio de las actividades presenciales en todos los departamentos es aún incierto y los llamados a audiencias públicas de seguimiento de control judicial a las entidades accionadas en la Sentencia T - 302 del 2017 ante el Tribunal de Riohacha aún no tiene fecha definida y seguramente será aplazada por la contingencia que se presenta en todas las regiones del país. 

Sin embargo, queda la esperanza de que si las Alcaldías de Riohacha, Manaure, Uribia, Maicao, al igual que la Gobernación de La Guajira han hecho un trabajo técnico ajustado a las necesidades de las comunidades y acatando las órdenes presentadas en la Sentencia, presenten planes de gobierno que tengan como base el cumplimiento de la sentencia T302 DEL 2017 de los contrario los titulares de prensa seguirán llenándose de imágenes esqueléticas de niños que reclaman atención urgente por estar al borde la muerte.

Reconocemos que una sentencia que acoge órdenes estructurales como lo es la T302 de 2017, impone retos de gran magnitud para nuestro Estado. Sabemos que las entidades a nivel nacional y regional han hecho esfuerzos para cumplir con los mandatos de esta Sentencia, pero estas acciones deben ser articuladas. La superación del estado de cosas inconstitucional en La Guajira requiere de un trabajo conjunto, de dejar de lado los prejuicios y entender que más allá de una orden judicial, un mandato constitucional, un presupuesto nacional o un plan de gobierno, esto se trata de la vida de niños y niñas y la posible extinción de una etnia.

Esperamos y trabajamos para que el próximo cumpleaños de la Sentencia T- 302 podamos celebrar por fin un avance en la superación del estado de cosas inconstitucional de La Guajira, que podamos ver un Estado capaz de generar acciones conjuntas a nivel nacional y regional, ejecutadas de la mano de un diálogo genuino con las comunidades, todo en aras de por fin garantizar los derechos fundamentales y la pervivencia de la etnia wayuu. 

Codacop