PROTOCOLIZADO EN MESA PERMANENTE DE CONCERTACIÓN INSTRUMENTO NORMATIVO PARA AVANZAR EN CATASTRO MULTIPROPÓSITO EN TERRITORIOS Y TERRITORIALIDADES INDÍGENAS DEL PAÍS

por Comunicaciones
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logo ONIC PÁGINA Después de la firma de la ruta metodológica para la Consulta Previa, Libre e Informada sobre la Política de Catastro Multipropósito en julio de 2021, en la cual participaron las Organizaciones y Pueblos Indígenas de la Mesa Permanente de Concertación-MPC y la Comisión Nacional de Territorios Indígenas-CNTI, junto con el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), hoy, 26 de septiembre de 2023, se ha protocolizado con éxito en sesión de MPC un decreto que crea e implementa mecanismos y disposiciones especiales para la gestión catastral multipropósito en territorios y territorialidades de los pueblos indígenas.

Es fundamental destacar las dificultades que enfrentó este proceso. Originalmente, se había planteado una ruta metodológica de tres meses en 2020, que por exigencia de las organizaciones indígenas, se amplió a ocho meses en 2021. La concertación técnica comenzó en diciembre de 2022 y solo se materializó entre el 13 y el 22 de septiembre del presente, cuando el IGAC y los equipos técnicos de las organizaciones de la MPC y la CNTI lograron consensuar la norma después de superar desacuerdos, se logró concertar el instrumento normativo bajo el cual operará el catastro multipropósito en territorios y territorialidades indígenas del país, a partir del reconocimiento de los ejercicios de gobierno propio de los pueblos indígenas en sus territorios.

El decreto reglamentario, que se espera sea expedido con urgencia, contiene considerandos amplios que recopilan la normatividad y jurisprudencia relacionada con los derechos territoriales de los pueblos indígenas, en consonancia con la política de Catastro Multipropósito. Además, establece disposiciones generales que definen el objeto y el ámbito de aplicación, identificando 16 formas de territorios y territorialidades indígenas existentes hoy en el país. El decreto también incorpora un capítulo de definiciones que refleja la relación de los pueblos indígenas con el territorio emanadas desde su Ley de Origen, el Derecho Mayor, la Ley Natural y la Palabra de Vida.

Asimismo, se incluye un capítulo de principios que abordan la espiritualidad, el enfoque diferencial indígena y el ordenamiento territorial ancestral, así como la participación activa de los pueblos indígenas en la operación catastral en sus territorios. El decreto también contempla garantías, como la objeción cultural derivada del acuerdo de paz de La Habana, y un capítulo sobre la gestión catastral en los territorios y territorialidades indígenas, otorgando viabilidad a la institucionalidad indígenas para actuar como operadores en sus territorios.

Además, se dedican capítulos al funcionamiento de la operación catastral, los derechos, restricciones y responsabilidades en los resguardos indígenas, el fortalecimiento de los Sistemas de Información Geográfica y la implementación de un modelo extendido y modelos de aplicación para los territorios y territorialidades indígenas. Por último, se destaca la necesidad de articular esta política con el ordenamiento territorial y el ordenamiento social de la propiedad, y finalmente una adecuación institucional por parte del IGAC para el desarrollo de esta política en beneficio de los pueblos indígenas.

El progreso de este proceso de consulta previa se refleja en el acuerdo alcanzado concertado con 58 artículos en el instrumento normativo, lo que ha fortalecido las relaciones de diálogo y confianza entre el IGAC y los pueblos indígenas de Colombia. Esto se ha logrado en un contexto de reconocimiento y respeto a las diferencias, y creemos será un avance significativo para la implementación de la reforma agraria, como política fundamental del Gobierno del Cambio.